lunes, 13 de abril de 2020

COMUNICADO GENERAL 33/20

COMUNICADO GENERAL Nº
33
FECHA
13/04/20
NIVELES Y MODALIDADES
TODOS
GESTIÓN
ESTATAL y PRIVADA
OBJETO
Comunicado Ingreso a la Docencia


Al Sr/a Director del Establecimiento Nº                                                                
                                                              
                                 Secretaría de Asuntos Docentes de Hurlingham, envía en archivo adjunto comunicado sobre inscripción de Ingreso a la Docencia, para conocimiento y notificación de todo el personal involucrado.

                                  Sin otro motivo, saluda atentamente.


La Plata, 10 de abril de 2020
Acerca de la inscripción de Ingreso a la Docencia de aspirantes con constancia
de título en trámite. 


En el Capítulo XII “Del Ingreso”, art 57 y ssigs del Estatuto del Docente de la provincia
de Buenos Aires (Ley N° 10579/87 su reglamentación y modificatorias) se establecen
los requisitos para solicitar ingreso en la docencia. Allí se valora prioritariamente el
poseer “título docente habilitante para el cargo u horas-cátedra a desempeñar” y en
aquellos casos en que no existiera título reconocido por la Dirección General de Cultura
y Educación, la reglamentación, determinará el título y/o antecedentes que, en conjunción,
adquirirán carácter de tal, los que deberán cumplir con los requisitos exigidos por el art 58”.
En aras de establecer criterios de diferenciación según la formación específica de los/las
aspirantes, la inscripción en los llamados “listados oficiales” está reservada a quienes
cumplen con todos los requisitos exigidos por la ley. Por tanto, el denominado Listado
108 A, no es ni más ni menos que la nómina de todos/as los/as aspirantes que cumplen
con los requisitos al momento mismo del acto de inscripción.
Para los casos que pudiesen presentarse, en los que los/as aspirantes no cumpliesen
con el requisito del título habilitante (o hubiesen egresado pero no contarán con el título)
existen, a partir de las necesidades del sistema y del respeto prioritario de quienes sí lo
hacen,  alternativas de inscripción en otros listados. Así, según su propia situación cada
persona puede realizar su inscripción en los listados que le corresponden, según el nivel
alcanzado en su formación.
Esta cuestión ha sido alterada en ocasión de establecer una excepción por un año en el
2011. Esa situación de excepcionalidad, surgió como consecuencia de la demora para la
confección de los títulos de los Institutos Superiores de Formación Docente dependientes
de la DGCYE a partir de las normas relacionadas con la validez nacional de títulos. En un
principio la medida excepcional estaba dirigida, como ya mencionamos, a egresados de
Institutos Superiores de Formación Docente de gestión estatal y los de gestión privada
reconocidos por la DGCYE y se aclaraba que “La misma, transitoriamente, permitirá
acreditar título y deberá ser reemplazada por la documentación pertinente, al momento de
contar con ella el aspirante”
La excepción fue dictada por un año y no existe norma que haya establecido su prórroga y
mucho menos su extensión a otras situaciones e instituciones.
Vemos con preocupación que las sucesivas respuestas que se han dado en los últimos
años han desnaturalizado la propia concepción de los listados de aspirantes, tal y como la
lógica del sistema establecida en la ley, los ha previsto. Por tanto, consideramos necesario
corregir en adelante esta cuestión, apegándose a la letra de la ley y dando por terminada la
excepcionalidad que operó de facto durante varios períodos.
Sin embargo, en estas circunstancias tan particulares, debemos aceptar que no resultaría
prudente hacer este cambio de último momento. Cabe, entonces, aclarar que este Ingreso
a la Docencia 2020/2021 se admitirá como la última oportunidad en que se podrán inscribir
los/as aspirantes con constancia de título en trámite en los listados oficiales (Listado 108A)
Consecuentemente, se admitirán las constancias de los/as aspirantes egresados de los
Institutos Superiores de Formación Docente y se otorgará a las instituciones ajenas a la
DGCYE (Institutos y Universidades), la oportunidad de solicitar la excepción mediante el
procedimiento que se ha utilizado hasta la inscripción del año próximo pasado.
Paralelamente, se propiciarán las acciones correspondientes para garantizar la emisión de
los títulos de los Institutos Superiores de Formación Docente en los plazos más acotados
posibles y se invita a todas las instituciones ajenas a la DGCYE, para que arbitren los medios a su alcance, con el mismo objetivo.
De este modo, nos proponemos asegurar el cumplimiento de las normas vigentes, garantizar
la inscripción de todos/as los/as aspirantes en función de lo establecido en la ley y el
ordenamiento del sistema de inscripciones y el consiguiente trabajo en las dependencias
territoriales de la DGCYE.
Rogamos amplia difusión de la presente, de modo de reponer en forma precisa e inmediata,
el cumplimiento de las normas vigentes en la materia.




Muchas gracias.




Circuito para solicitud de excepción para la Inscripción de Ingreso a la Docencia
2020/2021 con constancia de título en trámite 


Las Universidades deben enviar una nota a través de correo electrónico, dirigida a la
Dirección de Tribunales de Clasificación solicitando la excepción para que sus recientes
egresados puedan efectuar el ingreso a la docencia 2020/2021 con una constancia de
título en trámite.
La misma debe ser enviada a: asesores_tricla@abc.gob.ar
Asunto: Título en trámite. Universidad………….
En la nota se deben detallar las carreras para las cuales solicitan la excepción, e informar
el apellido, nombre y cargo de las autoridades que emitirán las constancias. La
denominación del título que figure en la constancia debe ser idéntica al título
expedido. 
La nota deberá tener además las firmas de las personas mencionadas y los sellos
personales e institucionales y enviarse por correo electrónico consignando un teléfono de
contacto y nombre de la persona encargada del seguimiento del trámite y una cuenta de
correo alternativa de gmail, yahoo o hotmail, para poder establecer contacto de manera más
segura. 

Una vez analizada la solicitud, la respuesta será informada por correo electrónico y difundida
a las Secretarías de Asuntos Docentes a través de la Dirección correspondiente.