miércoles, 29 de febrero de 2012

COMUNICADO GENERAL 10/12

Comunicado Gral. Nº:10 
Fecha: 29/02/2012
Niveles y Modalidades: Todos
Gestión: Estatal
Objeto: Jubilaciones Ejecutivas

Al Sr/a Director del Establecimiento Nº
                                                                        
                                                                 Secretaría de Asuntos Docentes de Hurlingham, nuevamente da difusión al Proyecto de Jubilaciones Ejecutivas:

¿QUÉ ES LA JUBILACIÓN EJECUTIVA?

              El sistema de Jubilación Ejecutiva consiste en la posibilidad que el docente solicite su trámite  jubilatorio  sin necesidad de apersonarse con su legajo de antecedentes y/o foja de servicios al Consejo Escolar, a la Dirección  de Jubilaciones y Certificaciones de la Dirección General de Cultura y Educación ni al Instituto de Previsión Social.

¿CON QUÉ ANTICIPACIÓN AL CESE  SE DEBE  TAMITAR LA JUBILACIÓN?

               En esta modalidad, el docente debe iniciar su trámite jubilatorio con una antelación mínima de  3 (tres) meses y máxima de 6 (seis),siendo que su cese de servicios debe ser a mes completo.

¿QUÉ DOCENTES PUEDEN  TRAMITAR LA JUBILACIÓN EJECUTIVA?

REQUISITOS:

1) Poseer al menos los requisitos mínimos de edad y antigüedad  establecidos  actualmente en el Decreto Ley 9650/80 (texto ordenado por Decreto 600/94), debiendo tener presente que las licencias sin sueldo usufructuadas durante la carrera docente, descuentan antigüedad.
2) Todos los servicios desempeñados en el o los cargos deben ser puros en la Provincia de Buenos Aires, exclusivamente en establecimientos  oficiales de la Dirección General de Cultura y Educación.
3) Podrán adherirse a este sistema aquellos docentes que no posean servicios simultáneos (paralelos) en el desempeño del cargo de mayor jerarquía o si lo poseen, la simultaneidad debe ser inferior a los  36 meses consecutivos (es importante señalar que una licencia sin goce de haberes interrumpe la simultaneidad).
4) No haber iniciado el trámite jubilatorio por otros sistemas.

ETAPAS QUE DEBE CUMPLIMENTAR EL DOCENTE

1) Encontrarse registrado como usuario en el portal abc.gov.ar o registrarse antes de la iniciación del  trámite.
2) Dirigirse a la Secretaría de Asuntos Docente de la jurisdicción, con el D.N.I. donde se lo habilitará para ingresar al sistema de jubilaciones ejecutivas.
3) Una vez habilitado el docente podrá cumplimentar  a través Internet su  Declaración Jurada de Servicios.
4) Finalizado el trámite, imprimir certificado.
5) Acudir muñido del D.N.I.  a cualquier delegación de ANSES y solicitar las denominadas 4 (cuatro) pantallas,a saber: Histórico de Aportes; Archivo de Autónomos ; Consulta de Expedientes y R.U.B.
6)  Regresar a la Secretaría de Asuntos Docentes, donde se le recepcionará el certificado mencionado y las  4 (cuatro) pantallas de ANSES.Luego se rubricará su renuncia al cargo
mediante la web y al mismo tiempo por escrito.

SE ACLARA QUE SAD INTERVIENE EN 2 OPORTUNIDADES:

a)     LA HABILITACIÓN
b)     CUANDO RECEPCIONA LA FINALIZACIÓN DE TRÁMITE.

TODO DOCENTE INTERESADO EN INICIAR SU TRÁMITE JUBILATORIO CONSULTAR EN SECRETARÍA DE ASUNTOS DOCENTES HURLINGHAM LOS VIERNES DE 14 A16 HS .CONTACTARSE CON SRAS. CLARA Y  MYRIAM.


Se solicita dar amplia difusión.

                                                           Sin otro motivo, saluda atentamente.

S.A.D HURLINGHAM